lunes, 12 de julio de 2010




Beneficiará a 7,3 millones de clientes, que recibirán en promedio $ 4,10 por importes cobrados de más.

Los bancos deben reintegrarles desde hoy a los titulares de cuentas sueldo poco más de 30 millones de pesos en concepto de comisiones indebidamente cobradas tras la promulgación de una nueva reforma a la ley de contrato de trabajo, que estableció que este tipo de cuentas no deben tener costo alguno para el trabajador, al menos en movimientos que involucren la suma que percibe por esa vía en concepto de haberes o asignaciones.

El importe por devolver, que surge de un relevamiento realizado por LA NACION sobre la base de datos aportados por distintas entidades, promedia $ 4,10 por cuenta (hay 7,3 millones de cuentas para la acreditación bancaria de remuneraciones), pero difiere notoriamente según el uso que cada titular haya realizado de ella o de las tarjetas de débito que se emiten cuando se abren.

Así, el monto por reacreditar será mucho mayor para aquellos que habitualmente utilizan cualquier tipo de cajero para realizar extracciones o movimientos (sin limitarse a los del banco en que tienen radicada la cuenta) y será marcadamente menor para quienes, a sabiendas del sobrecosto que les cobraban por usar máquinas de otro banco u otra red, mantenían una conducta para evitar los débitos por comisiones, que podían llegar hasta $ 6,50 por movimiento.

Otro factor a tener en cuenta es que el dinero por devolver será el que los bancos hayan debitado en concepto de comisiones de este tipo de cajas entre el pasado 14 de mayo (cuando se promulgó la ley 26.590 que modificó el artículo 124° del Régimen de Contrato de Trabajo) y hoy, tal como quedó estipulado luego de que el Ministerio de Trabajo y el Banco Central (BCRA) reglamentaran la norma.

Por esta razón, clientes de bancos como el Galicia y el Francés, que discontinuaron este tipo de cobros a pocas semanas de haberse promulgado la ley, percibirán menos que los de otras entidades que siguieron realizando los débitos, escudándose en la demora en que incurrieron los entes encargados de reglamentar la ley, un trámite que finalizó el 24 de junio pasado.

De allí en adelante, los bancos contaron con un plazo para readecuar este tipo de cuentas, en los términos en que el sistema de acreditación bancaria había sido concebido a fines de 1997 (cuando se comenzó a establecer la obligatoriedad de pagos por esa vía), que caduca ahora.

Por esta razón, los reintegros marcarán la puesta en vigencia efectiva de la reforma por la que este tipo de cuentas vuelven a ser gratuitas y quienes las usen recuperarán la posibilidad de hacer un uso integral de los cajeros del sistema, sin tener que atenerse a determinado banco o red.

Ahorro promedio
Según fuentes del sistema, el acceso universal a la red de cajeros automáticos promovido por esta reforma permitirá al “cliente promedio”, aquellos que realizaban por lo menos tres operaciones en sus cuentas accediendo a ellas mediante máquinas de otro banco o red, ahorrarse entre 12 y 20 pesos al mes.

La nueva norma establece que los usuarios de cuentas sueldo no podrán sufrir desde ahora límites para las extracciones de efectivo, salvo las que el BCRA calificó como excepciones “operativas” y relacionadas “con los topes que pudiera fijar el banco para asegurar la disposición adecuada de dinero de los diversos depositantes o de seguridad”. Tampoco tendrá costo alguno para el trabajador al menos “hasta el importe correspondiente a las retribuciones en dinero que se acrediten a su favor”.

En ese concepto, se incluyen “las asignaciones familiares transferidas por la Anses y las prestaciones dinerarias por incapacidad. También se admitirá la acreditación de importes correspondientes a “reintegros fiscales, promocionales, comerciales o provenientes de prestaciones de salud, así como de préstamos personales instrumentados mediante retención de haberes o débito en la cuenta [adelantos de haberes]“, recordó el BCRA.

Este tipo de cuentas podrán quedar abiertas sólo a nombre de cada trabajador, quien tendrá la posibilidad de designar a un cotitular (cónyuge, conviviente o a un familiar directo), a fin de realizar toda operación autorizada por el titular. Para ello, se proveerá sin cargo de una tarjeta magnética al titular y otra a su cotitular.

A los bancos los obliga a emitir sin cargo un resumen semestral con el detalle de los movimientos registrados en la cuenta, el que se enviará al domicilio del titular, “salvo que éste pidiera expresamente lo contrario”. Si quisiera tener un control, “el trabajador podrá consultar sin cargo los últimos diez movimientos de la cuenta en los cajeros automáticos del banco emisor de su tarjeta”.

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